Historia

Historia de Cozuelos

NUESTRA HISTORIA

   Como no puede ser de otra manera, la historia de Cozuelos hay que contarla trasladándonos a épocas lejanas donde pueblos prehistóricos ocupaban nuestra comarca. 

   Cántabros

     Vamos a retroceder un poquito en el tiempo y a empezar a hablar de los pueblos que habitaron nuestra comarca (La Ojeda) en la segunda edad de Hierro siglo I y II a. C.

      Ramón Ortiz de la Torre y Fernández de Bustamante escribe así, el doctísimo e ilustre D. Aureliano Fernández Guerra y Orbe, en su libro titulado Cantabria, que los cántabros estaban divididos en 9 tribus, CÁNTABROS CONCANOS, CÁNTABROS SELENOS, CÁNTABROS ORGENOMESCOS, CÁNTABROS VADIMIENSES, CÁNTABROS JULIOBRIGENSES, CÁNTABROS CONISCOS, CÁNTABROS TAMÁRICOS, CÁNTABROS BELEGIENSES Y CÁNTABROS MORECANOS. Pero a nosotros, los que nos interesan son los cántabros Tamaricos, tribu que se encontraba más al sur y el mismo libro dice:

     Al sur, con los Vacceos en Lobera Quintanilla de Onsoña, Portillejo, elarroyo de Valbuena (Valbona, en Idacio,) Arenillas de Ñuño Pérez, Villameriel, Herrera de Rio Pisuerga, y Gastrillo.

Cantabros
Cantabros

     Si como dice D. Aureliano Fernández Guerra y Orbe, historiador de la real academia de la historia, las fronteras de los cántabros fueran estas, estaríamos diciendo que estamos prácticamente en la frontera, pero quedaríamos dentro de la zona cántabra.

     Recordamos que estamos hablando de la segunda edad del hierro, es decir, siglo I y II a. C. y los datos que tenemos son recopilados por historiadores romanos que, muchos de ellos, han escrito lo que les contaban pues nunca han pisado la península Ibérica.

     Otra teoría viene de la mano de D. ENRIQUE ALONSO GUTIÉRREZ Licenciado en Filología Románica Hispánica, que nos pone de manifiesto en su estudio “LOS LÍMITES ENTRE OBRADAS Y FANEGAS, Y LAS FRONTERAS DE VACCEÓS, CÁNTABROS Y TURMOGOS”, Las obradas y las fanegas eran unidades tradicionales de medida de la superficie agraria usadas en las provincias de Burgos y Palencia. Si observamos su distribución en un mapa, vemos que la “raya” que las separa coincide con lo que sabemos de las antiguas fronteras de varios pueblos prerromanos (cántabros, vacceos y turmogos). Por lo tanto, él diferencia entre obradas que usaban los vacceos y fanegas que eran utilizadas por los cántabros, en el siguiente mapa se pone de manifiesto de nuevo que la zona de la Ojeda fue en su día la frontera entre los vacceos y los cántabros.

     En este mapa del mismo historiador, la Ojeda queda justo en el centro y vemos que Prádanos quedaría en la zona vaccea, pero Moarves en la zona Cántabra.

    Con esta información podríamos aventurarnos a decir que la frontera de los cántabros estaría trazada por el valle de Ojeda hacia Alar del Rey para, de este modo, bordear por el sur de la peña de Amaya. Así pues, Cozuelos quedaría dentro del territorio cántabro, de hecho, se han encontrado tres castros (fortificaciones cántabras) en Villaescusa de Ecla y según los historiadores perteneceríamos a la tribu de Los Tamáricos; o más bien, Camáricos que habitaban en el Suroeste del territorio cántabro, al oriente de los Vadinienses. Su nombre ha aparecido en una inscripción hallada en Ruesga (Cervera de Pisuerga, Palencia). Su principal ciudad o centro del populus en época romana era Camárica (o Kamarika según Ptolomeo) situada quizás en castro de El Otero (Dehesa de Montejo).

Legia IV Macedonica

Romanos

     Entre los años 29 a. C. y 19 a. C., los enfrentamientos mantenidos por Roma contra los diversos pueblos del norte hispano (cántabros y astures, principalmente) representaban la culminación de la larga conquista de la península ibérica, los cántabros fue el último pueblo de la península Ibérica en ser derrotado por los romanos que permanecieron en la península durante 7 siglos hasta el año 409.

     El control romano se mantendrá hasta comienzos del siglo v, cuando la incursión de pueblos bárbaros en la península favoreció la recuperación de la autonomía por parte de los cántabros.

     Se tiene conocimiento de restos de asentamientos romanos en varios puntos de la comarca de la Ojeda como Villabermudo, entre el 20 a.C. y el 40 d.C., queda constancia de la presencia de la Legio IIII Macedonica en Pisoraca (hoy Herrera de Pisuerga), y en sus alrededores se han hallado todo tipo de teselas, tejas, vidrios y demás elementos que prueban el paso de los romanos.

Visigodos

Visigodos

      A partir del siglo III pueblos germánicos (godos, vándalos y alanos) con gran tradición guerrera cruzaron los pirineos y en el siglo V expulsaron a los romanos, primero de Galicia y luego del resto del territorio. Los visigodos dominaron la península durante 200 años mediante un régimen de monarquía que tuvo 33 reyes

Musulmanes

     Entre los años 716 y 725, los musulmanes conquistan la Septimania, última provincia visigoda, poniendo fin al reino visigodo de Hispania e inaugurando el período islámico en la historia de la península ibérica.

     La ocupación de la Península Ibérica por parte de los musulmanes se limitó a los territorios situados al sur del Tajo. En el valle del Duero se establecieron algunas guarniciones bereberes que desaparecieron a mediados del siglo VIII. De esta forma, el valle del Duero quedó como una tierra de nadie, entre Al-Ándalus al sur, y el reino astur al norte. Apenas quedó población en este territorio.

Repoblación

     La montaña palentina se repobló de forma espontánea durante el siglo IX, en forma de núcleos familiares que se apropiaban directamente de las tierras baldías y se dedicaban al cultivo de cereales, huertos y a la actividad ganadera. Y es muy probable que en este momento de la historia es cuando surgieron los diferentes pueblos que constituyen lo que es hoy la comarca de la Ojeda.

      La mayor parte del territorio de Palencia fue repoblada durante el reinado de Alfonso III, en el último tercio del siglo IX. Este tipo de repoblación ya suele ser oficial y se hace por el rey en persona o por delegados reales. Primero se repobló Saldaña, más tarde Tierra de Campos y el Cerrato, en especial es triángulo formado por Carrión, Cisneros y Astudillo y finalmente, ya acabándose el siglo IX, se repoblaron Dueñas y Monzón.

Recolección trigo

     El proceso de repoblación continuó durante los siglos X y XI.

     La sociedad surgida del repoblamiento era básicamente rural, organizada en pequeñas aldeas con fuertes lazos de solidaridad interna, en la que tuvieron gran importancia los pequeños propietarios libres.

     En el siglo X se fundaron varios monasterios en la comarca de la Ojeda, entre ellos el de San Cosme y San Damián en Cozuelos, que después se llamaría de Santa Eufemia. hoy pertenece a Olmos de Ojeda, ¿pero porque se le llama Santa Eufemia de Cozuelos? La referencia de Cozuelos, Kaozolos o Cozollos se refiere al curso fluvial que trascurre a unos cien metros del recinto monástico y del que se alimenta el circuito hidráulico del mismo

     Cozuelos es muy probable que ya existiera antes que Santa Eufemia, en la tesis doctoral de Dña. Maria Soledad Ferrer- Vidal Díaz del Riguero ya nos habla de existencia de Cozuelos antes que de San Cosme y San Damián, aunque podemos decir que están muy relacionadas entre sí.

En la trilla

Hacia los años 800, se acomete la repoblación en los reinos cristianos y los monjes y abades son los primeros que aparecen ocupando tierras incultas constituyéndose en Monasterios. Posiblemente a raíz de esto nació el que ahora es nuestro pueblo Cozuelos. 

Según hemos podido leer en algunas publicaciones, el nombre de Cozuelos puede deberse a la antes comentada abadía de Santa Eufemia pues en el año 1.109, una bula del papa Pascual confirma al obispo de burgos como poseedor del “””MONASTERIO DE CUZOLO “””pero todo lo escrito son conjeturas que pudieran ser ciertas.

     Hemos estado intentando recoger más información sobre Cozuelos y después de mucho buscar hemos encontrado un libro escrito por Miguel A. Ortiz Nozal y Roberto Gordaliza (que os recomiendo) en el que dice textual: 

     Encontramos este nombre en diferentes documentos: en 967 Kaozolos, sub casrellum Eburi. Otros posteriores dicen Cuzolo y Coçuelos. Creemos que se trata de un nombre prerromano: Ike-ao-zulo`el hoyo de la cuesta`que coincide con la forma ondulada del terreno (Fogueda=hoyeda)

 

     En el Becerro de las Behetrias de Castilla del siglo XIV se dice de Cozuelos literal:

     En el obispado de palenzia    

Este lodar es behetría de don nuño

     Derechos del rey.

     Pagan al rey seruiciose monedas e non pagan fonsadera nin martiniega.

     Derechos del señor.

     Dan cada año al señor de lara su natural seis mrs.

     El que ha par de bueyes da cada año asu señor vn zelemin de trigo e cuatro dineros.

     Et elque ha vn buey que la meytat e elque non tiene buey la quarta parte. Et otrosi todo el pueblo queldan por la nauidat e por pascua quatro gallinas.

     Et cinquenta hueuos

     En 1845 Pascual Madoz Ibáñez emprende la gran tarea del Diccionario Geográfico Estadístico de España en el que describe a Cozuelos como de clima frío con 45 casas, la Municipal es muy miserable; Hay una excelente fuente llamada Fuente Redonda.

     Produce granos, lino y algunas legumbres. Sostiene ganado lanar churro y su industria es la arriería y cuatro molinos harineros. La población era, entonces de 26 vecinos y 135 almas. pero unos años antes en 1826 los habitantes eran 212. posteriormente en 1991 había 70 habitantes y en 2002 solo 61 habitantes.

     El 20 de enero de 1979 aparece en el BOE nº 18 el Real Decreto 3213/1978, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la incorporación del Municipio de Cozuelos de Ojeda al de Aguilar de Campoo, de la provincia de Palencia.

TEXTO ORIGINAL

     El Ayuntamiento de Cozuelos de Ojeda, de la provincia de Palencia, acordó, con el quórum legal, solicitar la incorporación voluntaria de su Municipio al de Aguilar de Campoo, de la misma provincia, por su escasez de recursos para atender los gastos de personal y los servicios mínimos obligatorios, dada también su reducida población.

     Por su parte, el Ayuntamiento de Aguilar de Campoo acordó, asimismo con el quórum legal, aceptar la incorporación solicitada.

     Sustanciado el expediente en forma legal sin reclamaciones de ninguna clase durante el trámite de información pública, constan en el mismo los informes favorables de determinados Servicios Provinciales de la Administración Pública consultados, de la Diputación Provincial y del Gobernador civil, se demuestra la realidad de las razones Invocadas y que concurren en el caso los notorios motivos de conveniencia económica y administrativa exigidos en el artículo catorce, en relación con el trece, apartado c), de la Ley de Régimen Local, para que proceda acordar la incorporación,

En su virtud, de conformidad con los dictámenes emitidos por la Dirección General de Administración Local y por la Comisión Permanente del Consejo de Estado, a propuesta del Ministro del Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día siete de diciembre de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se aprueba la incorporación voluntaria del Municipio de Cozuelos de Ojeda al de Aguilar de Campoo, de la provincia de Palencia.

Artículo 2.

Queda facultado el Ministerio del Interior para dictar las disposiciones que pudiera exigir el cumplimiento de este Real, Decreto.

Dado en Madrid a siete de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

                                                                                                                                                                                               JUAN CARLOS

El Ministro del Interior,

RODOLFO MARTÍN VILLA



Datos de la historia de Cozuelos

De cómo se instituyó en el pueblo y parroquia de Cozuelos de Ojeda la solemne fiesta de la Santísima Trinidad.

 

INFORMACIÓN DE LOS CLÉRIGOS DE COZUELOS

20 de abril de 1762.

     Con esta fecha D. Francisco Calvo y D. José Mar- tín Gordo, tenientes de cura y beneficiados de preste y Pedro Martín, mayordomo secular de la iglesia, en virtud de licencia recibida de D. Andrés Bustamante, obispo de Palencia, al memorial que han presentado declarar: que D. Rafael Bravo ha enviado la cantidad de 12.000 reales como donativo para la fiesta de la

     Santísima Trinidad para que se celebre con vísperas, misa con ministros, sermón y cuarenta velas que han de lucir ya desde las primeras vísperas.

     Que noticioso de que la iglesia de Cozuelos con la obra de la nueva capilla quedó empeñada en 11.000 reales expresa ser su ánimo y voluntad que los 12.000 reales, con licencia del Sr. Obispo se apliquen en el desempeño de la iglesia, quedando de su cuenta hacer todos los años perpetuamente la función de la Santísima Trinidad y pagar de su cuenta todos los gastos que se ocasionen. ¿Cómo se ha de solemnizar la fiesta? Él mismo lo detalla en su escrito:

     Se han de tener vísperas solemnes y al día siguiente misa con asistencia de siete sacerdotes. dando a cada uno diez reales; al que celebrare la misa doce, al predicador cuarenta y al sacristán dos.

 

     Para las 50 velas de cuarterón es necesario emplear media arroba de cera. Y aunque no lo hemos experimentado hacemos juicio que a lo más se podría gastar la tercera parte de la cera digo de las velas que son cuatro libras, que a diez reales son 40.

     Y que el importe de todas las partidas de ga5tos asciende a 158 reales.

Para constancia y seguridad de la fundación juzgamos que es preci5o que la igle- sia otorgue una escritura de obligación y que se da por satisfecha la cantidad de los doce mil reales y que se haga un tanto o copia de la escritura y la tengan en su poder los parientes de D. Rafael Bravo, su fundador.

 

     Suplicaron, asimismo, pues es intención del fundador, “se ande” o se haga procesión después de la misa y puesto que han de lucir 50 velas nos ha parecido acertado

se autorice la presencia del Santísimo Sacramento.

     Y se conceda la licencia necesaria para hacer un altar lateral para la imagen de la Santísima Trinidad y se haga dicha imagen de bulto, es decir escultura con sus efi-  gies y estofarlas, para cuya obra envía 3000 reales.

 

  Que conceda licencia, que ciertamente agradecerá D. Rafael, para que en la nueva capilla se ponga y dote una sepultura para él, sus ascendientes y descendientes. Y puesto que las sepulturas de los clérigos, por razón de su estado, merecen lugar pre- eminente, se pongan también allí sus sepulturas.

     Esperan también alcanzar permiso para que la iglesia pague de sus fondos lo demás del coste y que este mismo año se de principio a la fundación. Es todo cuanto exponen y que esperan alcanzar del Sr. Obispo.

DECRETO DE SECRETARÍA DE CÁMARA

     Palencia 1 de mayo de 1762. Al escrito de información y súplica de los curas y mayordomo secular de la iglesia de Cozuelos dio contestación el Sr. Obispo por su secretario de Cámara, D. Antonio Gómez de Cos.

Se concede licencia a los suplicantes para admitir la fundación y se otorgue escritura en favor de D. Rafael Bravo, obligándose a dar cumplimiento a las cargas que implica la fundación y que ya han sido expresadas.

     Que el Santísimo Sacramento salga en procesión en dicho día.

     Que haga el altar “colateral” la escultura y los dorados que represente el ministerio de la Santísima Trinidad.

     Declara el Sr. Obispo ser su voluntad premiar a D. Rafael por su graciosa contribución en la decencia del templo y su capilla mayor por lo que concede licencia para que se le señale una sepultura perpetua dentro de dicha capilla, después de las sepulturas que están cerca de la última grada para uso de D. Rafael, hermanos y de los que él tuviere por conveniente.

     Que se incluya en la escritura este documento a la letra, remitiendo después la misma a la Secretaría para su aprobación, quedando el original del memorial y decreto en el archivo de la iglesia.

 

ACATAMIENTO

     Cozuelos de Ojeda a 15 de junio de 1762. Los curas y mayordomo secular de la iglesia de Cozuelos usando de la autorización recibida se comprometieron a dar el debido cumplimiento a todo lo acordado en la mejor forma en lo referente a la fiesta y sus cultos y demás disposiciones.

     A realizar las obras de la capilla y la escultura de la Trinidad, por lo que con la mayor prontitud llamaron a un maestro de arquitectura para que concurra a realizar las obras; y en caso de que la cantidad asignada por el donante de 3.000 reales no sea suficiente, la iglesia acudirá con la cantidad que sea necesaria y en el caso de que sobrase sea para la iglesia.

     Y lo mismo ocurrirá con lo tocante a la sepultura en favor de D. Rafael Bravo.

     Que ellos mismos darán cuenta detallada al benefactor de las obras, D. Rafael.

     Este documento fue firmado en dicha fecha ante los testigos Juan Cardo, Pedro Fraile ambos de Cozuelos y Ventura Merino del lugar de Santa María de Ananuñez, próximo a Melgar de Fernamental y el notario de Prádanos de Ojeda Francisco Pérez Calvo, por los curas D. Francisco Calvo, D. José Martín Gordo, tenientes de cura y Pedro Martín, mayordomo secular.

 

INFORME DEL FISCAL ECLESIÁSTICO

 

Palencia a 9 de agosto de 1726.

     Con fecha dos de agosto los curas de Cozuelos enviaron el documento-escritura para que ponga su aprobación y si el mismo ha de archivarse en la iglesia de Cozuelos o entregar a D. Rafael o al familiar que le representase.

  1. Andrés de Bustamante, obispo de Palencia, con fecha 6 de agosto, desde la casa señorial de X’illamurie1, pasó la escritura al Fiscal eclesiástico del obispado para recibir su información y así dar definitiva aprobación y providencia.

     Visto detenidamente el escrito declaró que era del sentir por la declaración de los curas de haber recibido la cantidad de 12.000 reales con los que han redimido un censo del 1.000 real en contra de la iglesia por obras que se habían realizado, por lo que puede el Sr. Obispo aprobar la fundación y que la cantidad excedente supera a los derechos que debe pagar la fundación, pero debe aceptarse ésta por parte de D. Rafael Bravos residente en Indias.

     En cuanto a la sepultura solicitada para gratificar a D. Rafael sólo podrá concedérsele el derecho y regalía de que en ella sean sepultados solo los ascendientes y descendientes legítimos de D. Rafael Bravo, sin que este derecho sea comunicable o transferible a descendientes trasversales, es decir parientes que no lo son por línea recta. El licenciado D. Martín Miguel Gómez de Hurra.

 

SENTENCIA Y DECRETO FINAL
 

Villamurieí de Cerrato, a 19 de agosto de 1762.

  1. Andrés de Bustamante desde la Casa-Palacio de Villamuriel, presente el in- forme favorable del Sr. Fiscal Eclesiástico de 9 de agosto, aceptada que sea la escritura por parte de D. Rafael Bravo o persona que con poder suficiente lo hiciere en su nombre, aprobó la escritura y dio la definitiva licencia a los curas y mayordomo de la iglesia de Cozuelos para la pronta realización de todo lo aprobado.

     Firma D. Andrés ante el notario mayor Miguel Pérez Roldán

 

PETICIÓN DE DON RAFAEL BRAYO

     Cumplido todos los pasos conforme a derecho para la legítima institución desea- da por D. Rafael Bravo, los curas de Cozuelos le enviaron la escritura y demás documentos para su aceptación.

     Méjico a 28 de octubre de 1762. Recibida la comunicación con todos los informes favorables D. Rafael hizo la siguiente petición.

     En la Ciudad de Nuestra Señora de la Asunción, Real y Minas de Pachuca, Méjico, ante el escribano Francisco de Ceballos, siendo testigos D. José Marcelo, Alférez, D. Manuel de Castañdres, teniente Capitán y D. Antonio Nuíiez de Lobera, compareció D. Rafael Bravo, industrial, natural de Cozuelos en el Valle de Ojeda y jurisdicción de la X’il1a de Herrera de Pisuerga, en el Reino de Castilla la Vieja, vecino de Actopán, -población importante por sus minas de plata, plomo, industria textil y eurtidos, de 84.000 ha. en las estribaciones de la Sierra Madre Oriental, don- de lleva unos 40 años- DECLARANDO que en honor a su patria y para ayuda de padres, familiares y vecinos quería hacer una dotación perpetua en la iglesia de la

 

     Asunción de su pueblo de Cozuelos imponiendo una fiesta anual en honor de la Santísima Trinidad; y para que permanezca esta devoción se construya un altar con su retablo dorado a sus expensas. Para este fin enviaba la cantidad de 600 “pesos fuertes” -más de 12.000 reales- para que pongan en los propios o fondos de la iglesia, para que con sus réditos anuales se haga cada año la fiesta de la Trinidad y 10 curas se comprometan, sin fallar, a celebrarla.

Escritura que fue aprobada y confirmada por el Obispo de Palencia D. Andrés de Bustamamante.

     El licenciado D. José Martín Gordo Bravo, cura de preste y beneficiado de Co- zuelos dio inmediata contestación de aceptación, compromiso y agradecimiento en nombre del pueblo y parroquia.

     A la donación de los 600 pesos fuertes hay que aíiadir el envío que hizo de una lámpara de plata, de 52 y 2 onzas de pBSD para alumbrar al Santísimo, dos vestidos para la Virgen del Rosario.

     Pidió se le asignase en la forma establecida una sepultura en la Capilla mayor próxima al lugar donde se da tierra a los sacerdotes, para su enterramiento; sepultura que se cederá a su sobrino D. Andrés Bravo y sus descendientes.

     Así concluye este proceso fundacional y se cumple ampliamente este espacio concedido para la historia de Cozuelos de Ojeda. Se que quedan detalles muy interesantes, como son la realización de las obras de la capilla, altar, retablo, imagen de la Trinidad. En una próxima ocasión D. m. lo daremos a conocer. Completaremos este trabajo con la contratación que se hizo de la efigie de la Santísima Trinidad para procesionarla el día de la fiesta y el retablo de su capilla.

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Bravo y Bravo, Rafael

Cozuelos de Ojeda (Palencia), 1698 – Pachuca (México), s. m. s. xviii. Militar.

     Fue hijo de Pedro Bravo y de Luisa Bravo y natural de Cozuelos de Ojeda, en la jurisdicción de Herrera del río Pisuerga, perteneciente al obispado de Palencia, en cuya iglesia de la Asunción fue bautizado el 17 de octubre de 1698. Emigró a Nueva España hacia 1723 y debió de morir en Pachuca, pues allí vivía en 1763, cuando, con sesenta y cinco años, decidió hacer una fundación en la iglesia de Santa María de su pueblo natal, ordenando que se construyera en ella un altar con un retablo dorado, dedicado a la Santísima Trinidad, en el que se celebrase anualmente dicha festividad. Para cumplir este deseo envió a España 600.000 pesos fuertes con la condición, por una parte, de que los beneficios de este dinero se dedicaran perpetuamente a la celebración de la fiesta de la Trinidad con una misa solemne concelebrada por varios clérigos, y, por otra, de que sus ascendientes y descendientes pudieran ser enterrados en la capilla mayor de dicha iglesia. La propiedad de este sepulcro fue transferida por el fundador a su sobrino, Andrés Bravo. No hay datos concretos sobre su profesión, pero algunos autores creen que pudo ser militar, teniendo en cuenta que los dos testigos que presentó para hacer la escritura de esa fundación, José Marcelo González y Manuel de Castañares, eran, respectivamente, alférez y capitán del Ejército español. Su desahogada posición económica permite pensar que también se dedicó a los negocios.

    No regresó a la Península y murió en Nueva España.